Y un día se hizo la oscuridad…. Y encima querían que tomaramos #sopa
Por: Erick Iriarte, Jefe del Area de Derecho de Nuevas Tecnologias, Iriarte & Asociados. http://iriartelaw.com
El 18.01.12 fue convocada una protesta (un #blackout #apagon) en contra de la denominada ley #sopa (stop online piracy act) y su “prima” la ley #pipa (Protect IP Act). Ambas normas estan pensadas en una protección de la industria de contenidos offline producidos en USA.
Las normas buscan (dado que si bien su debate se va a prolongar, y la misma Casa Blanca se ha opuesto a ellas dado “que afectan la arquitectura básica de Internet”) restringir el acceso (cuando eliminar) a sitios que tengan contenidos que vulneren derechos de #copyright de contenidos protegidos producidos en USA, para ello actuaran sobre los medios de pago que pudieran utilizar estos sitios (ya ocurrio con Wikileaks), bloquearan los sitios directamente en los ISPs (por ejemplo rojadirecta.org), buscaran eliminar la publicidad de estos sitios, ordenaran dar de baja su acceso desde buscadores y finalmente buscaran bloquear sus DNS.
Lo cierto es que si la norma tuviera un simple alcance local en USA y no afectara a todos los usuarios de todo el mundo, quizás podríamos argumentar que se trata tan solo de una legislación nacional, y que al final el tema de libertad de expresión y su debate es local; sin embargo las afectaciones a usuarios fuera de USA son notables por tres motivos: a. La mayoría de los contenidos offline de consumo masivo se producen en USA; b. Los servidores donde se alojan sitios de contenidos de usuarios alrededor del mundo corren en USA (como Factbook, Twitter, blogspot, Blogger, Wikipedia, flickr, youtube, etc) y c. La tabla base de dominios y servidores raíz están en territorio de USA. Con estos motivos, ya tenemos configurado que una legislación nacional termina siendo una suerte de “lex imperial” que afectará a todo el mundo.
Pero, esto ya no está incluido en el Digital Copyright Millenium Act (DCMA). En efecto, más que incluidos la DCMA, ésta es la matriz de donde se desprenden estas normas, pero que también fue fuente para el #ACTA, y base de lo capítulos de Propiedad intelectual de los TLCs de USA (entre otros con Perú) y del #TPPA. Solo que #SOPA y #PIPA serían el modelo más refinado, su problema es que llegan en el momento de inicio de las “guerras de contenidos”. Económicamente, hay un enfrentamiento entre dos colectivos: la industria de contenidos clásica (MPPA y RIIA como claves) frente a la nueva industria de contenidos (Google, Youtube, Facebook, Twitter, Foursquare, Flickr, etc.). El elemento clave a entender es que ambas necesitan los contenidos, pero mientras que en los primeros la carga está en los intermediarios (los inversores para que haya contenidos), la carga de los segundos está en los usuarios (los productores de los contenidos). El problema no es de #derechodeautor, el problema es de economía y recursos.
¿Y hay que encontrar el problema? El mismo surge del reconocimiento del #derechodeautor como Derecho Humano Fundamental, no una mera herramienta económica, sino que todos somos creadores, no solo una elite, ni solo algunos. Entonces la producción de contenidos se ha masificado con el Internet, y es donde se conjuga los deseos libertarios de creación y de expresión con los intereses económicos del colectivo de la industria de contenidos digitales o industria de Internet. Ciertamente que tienen intereses en los contenidos, pero no solo en los de la clásica industria de contenidos, sino en los que se crean a cada instante, por cada usuario en el sistema. Hemos pasado entonces de pocos creando para muchos, a muchos creando para muchos.
Quiero añadir un dato más, es probable que la industria de contenidos clásica no haya crecido tanto como lo esperado, o que no haya ganado tanto como lo esperado, pero no significa que no ha ganado durante estos años del uso de Internet. Es más, el compartir contenidos (aún subidos por los mismos autores o sus productoras), ha terminado generando un mayor consumo de los “originales” (sino habrá que analizar porque Itunes se ha convertido en uno de los mayores repartidores de regalías directas o porque Neflix esta teniendo tanto éxito, la respuesta es sencilla: se adaptaron a un modelo de acceso a bajos costos a un mercado global, no trataron de hacer que el mercado global se adapte a sus esquemas).
En esta disyuntiva se encuentran los intermediarios (empresas productoras o entidades de gestión de derechos) que deberán replantearse o morir en el camino (siguiendo la propuesta del Delenda Est APDAYC).
Pero quisiera terminar recordando lo que significó la protesta del 18.01, significó tres cosas: a. Que muchos senadores y legisladores norteamericanos se echen para atrás en su apoyo a #SOPA y #PIPA; b. Que comunidades locales tomen conciencia que no solo se trata de la ley #sopa sino tambien de #sopas locales (#leypinedo, #leylleras, #leysinde, #leydoring, #hadopi, etc.) y por ende que hagan esta su batalla también; y c. Que se entienda que el equilibrio de derechos (#derechodeautor, #accesoalainformacion #libertaddeexpresion) son claves en la Sociedad de la Información
Esto es solo el inicio de las “guerras de contenidos”, y tocara al mundo jurídico retomar los principios básicos del #derechodeautor para implementarlos en un mundo digital, siendo que la Sociedad de la Información ha llegado para todos. Ubi Societas, Ubi Ius.
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