Cuantas Marcas hay en el Peru? Le preguntamos a INDECOPI y esta es su respuesta.

Hace unos días queriamos poder establecer la relación entre nombres de dominio y marcas, y mientras que teníamos el dato de los números de Dominio .pe (62521 al día de hoy 19.07.12) el de marcas no era un dato conocido, así que procedimos en recurrir a quien lo debería tener: La Dirección de Signos Distintivos de INDECOPI. 

La respuesta que se nos fue brindada la copiamos aquí abajo. Dado que la misma no nos respondía la pregunta hicimos una busqueda un poco mas profunda, encontrando que el 31.12.2009 habían 198222 marcas registradas. Encontramamos que el 2011 se registraron unas 21119 marcas. Asumiendo una cantidad similar para el 2010, y una tasa similar para el 2012, tendriamos que la fecha habrian unas: 251019 marcas registradas. 

Chile presenta a la fecha: 492751 marcas registradas y 389699 dominios .cl

USA tenia el 2011 1719247 certificados de marcas y 1772222 dominios .us (a la fecha)

Hay mucho por hacer hermanos.

Gráfico de Roberto Bustamante Vento (@elmorsa)

 

La Comunicación de INDECOPI:

Asunto: Acceso a información
Fecha: Thu, 19 Jul 2012 18:33:30 -0500
De: Karim Salazar <ksalazar@indecopi.gob.pe>
Para: <evilchez@iriartelaw.com>
CC: Lizeth Mamani <lmamani@indecopi.gob.pe>

Servicio de Atención al Ciudadano

Teléfono: 224-7800 Anexo 1347

e-mail:  ksalazar@indecopi.gob.pe

 

“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú”

Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad”

 

 

CARTA Nº 0249-2012/GEG-Sac

Lima, 19 de julio de 2012

 

Señora

Eliana Rocío Vílchez Leyva

Presente.-

Referencia: Expediente N° 183-2012/GEG-Sac

De mi consideración:

Me dirijo a usted, en atención a su escrito presentado el 11 de julio de 2012 y conforme a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su respectivo Reglamento (Decreto Supremo No.072-2003-PCM del 07 de agosto de 2003)[1], la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi le informa lo siguiente:

 

  • Respecto de su pedido sobre el número de marca otorgadas por el INDECOPI (e ITINTEC en su momento) hasta la fecha, se debe tener en cuenta el artículo 13 de la Ley Nº 27806.- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que establece que: “(…) La solicitud de información no implica la obligación de las entidades de la Administración Pública de crear o producir información con la que no cuente o no tenga obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. En este caso, la entidad de la Administración Pública deberá comunicar por escrito que la denegatoria de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder respecto de la información solicitada (…)”.

 

En ese sentido, la Dirección le señala que su base de datos no puede procesar la información solicitada con los parámetros indicados por usted; razón por la cual, no pueden atender su pedido de información.

 

Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que le merezca la presente[1].

Atentamente,

KARIM SALAZAR VÁSQUEZ

Jefa del Servicio de Atención al Ciudadano

INDECOPI




[1] REGLAMENTO DE LA LEY NO.27806, LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (DECRETO SUPREMO NO.072-2003-PCM DEL 07 DE AGOSTO DE 2003). Artículo 11.- Procedimiento

(…)

e) En los casos señalados en los incisos c) y d) del presente artículo, el solicitante puede considerar denegado su pedido para los efectos de dar por agotada la vía administrativa, salvo que la solicitud haya sido cursada a un órgano sometido a superior jerarquía, en cuyo caso deberá interponer el recurso de apelación para agotarla.

(…)

g) Agotada la vía administrativa, el solicitante que no obtuvo la información requerida podrá optar por iniciar el proceso contencioso administrativo, de conformidad con lo señalado en la Ley No.27584 u optar por el proceso constitucional del Hábeas Data, de acuerdo a lo señalado por la Ley No.26301.

 

[1] LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. Artículo 207.- Recursos administrativos

(…)

207.2. El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios,(…)