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Alerta Laboral: Empresas deben remitir a Sunafil información sobre Plan de Vigilancia Covid-19
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 21 - 08 - 2020

El 12 de agosto de 2020, mediante Comunicado 12-2020 se requiere a las empresas que remitan a la SUNAFIL la información del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la COVID-19 en el trabajo.

El 12 de agosto de 2020, mediante Comunicado 12-2020 se requiere a las empresas que remitan a la SUNAFIL la información del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la COVID-19 en el trabajo.

Como señala el comunicado, las empresas, a manera de contribuir con la reactivación económica y ayudar en el cumplimiento de las normas Sociolaborales y de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberán llenar el formulario de 46 preguntas que debe ser respondido por medio electrónico a través de la casilla electrónica de SUNAFIL.

El formulario tiene como plazo máximo para el envío de la información hasta el 23 de agosto de 2020 y aplica de manera obligatoria para todos los centros laborales, sea que se encuentren activos, realizando trabajo remoto o paralizados por Suspensión Perfecta de Labores; esto es posible debido a que el formulario cuenta con un ítem de observación en el cual se pueden hacer especificaciones y mencionar el tipo de trabajo que se viene realizando.

 

Liliana Jimenez Narva
División de Derecho Laboral
Iriarte & Asociados

IALaw
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