El Reglamento de Firmas y Certificados Digitales, Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, designa al INDECOPI como la Autoridad Administrativa Competente de la Infraestructura Oficial de Firma Digital.
El Reglamento de Firmas y Certificados Digitales, Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, designa al INDECOPI como la Autoridad Administrativa Competente de la Infraestructura Oficial de Firma Digital.
En ese contexto, INDECOPI –a través de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales– ha aprobado: 1) la Guía de Acreditación para Entidades de Certificación Digital; 2) la Guía de Acreditación para Entidades de Verificación/ Registro de Datos; 3) la Guía de Acreditación para Prestadoras de Servicios de Valor Añadido.
Dichas guías contiene el conjunto sistematizado de requisitos a ser cumplidos por las empresas u organismos interesados en obtener, de la Comisión de Normalización de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias de INDECOPI, la acreditación como Entidad de Certificación Digital, como Entidad de Registro/Verificación de Datos o como Prestadora.
Las mencionadas guías se encuentran en proceso de revisión para su actualización, por lo cual INDECOPI pone a disposición de la sociedad civil, entidades públicas y privadas, así como las personas naturales interesadas, el Proyecto de Actualización de las mismas, con el fin de recibir sugerencias o comentarios, en un plazo de 10 días hábiles, a los siguientes correos electrónicos:
A continuación los links al texto de las 4 guías para su consideración:
1.- Guía de Acreditación de Prestadores de Servicios de Valor Añadido
2.- Guía de Acreditación de Entidades de Certificación Digital
3.- Guía de Acreditación de Entidades de Registro o Verificación
4.- Guía de Acreditación de Software para Firmas Digitales
Fátima Toche Vega
Jefa de División
Derecho y Nuevas Tecnologías