Nota publicada hoy en el diario Gestión. Revisa la versión original aquí.


El Indecopi planteó modificaciones a la Ley del Sistema Concursal a fin de mejorar su procedimiento, en términos de requisitos de acceso, plazos y eficiencia.

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El Indecopi planteó modificaciones a la Ley del Sistema Concursal a fin de mejorar su procedimiento, en términos de requisitos de acceso, plazos y eficiencia.

Uno de esas propuestas es reducir de 10 a cinco días el plazo otorgado al acreedor para pronunciarse respecto del ofrecimiento de pago de su deudor.

“Esto se hace con la finalidad de otorgar mayor celeridad al procedimiento”, explica el Indecopi en los fundamentos de la iniciativa.

Además, proponer que la Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi podría declarar la disolución y liquidación del deudor por incumplimiento de su Plan de Reestructuración, no solo cuando sea solicitado por algún acreedor, sino también cuando dicho incumplimiento sea declarado por el propio deudor.

La iniciativa también busca que si la Junta de Acreedores no toma acuerdo sobre el destino del deudor (reestructuración o liquidación) en el plazo establecido, la Comisión declarará la conclusión del procedimiento concursal ordinario.
Actualmente, la norma señala que si la Junta no toma una decisión, serán de aplicación las disposiciones relativas a la “disolución y liquidación de oficio”.

En Corto

Debate. La propuesta del Indecopi está publicada en su página web desde el viernes pasado, y estará disponible durante 30 días hábiles para recibir comentarios de la sociedad civil, el empresariado y demás entidades privadas o públicas.