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PODER JUDICIAL: Entidades y funcionarios públicos no podrán bloquear a ciudadanos en redes sociales
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 09 - 05 - 2024

En proceso de amparo, Sala establece que el bloqueo injustificado en una red social lesiona el derecho a la libertad de expresión y opinión.

La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la acción de amparo interpuesta por Dania Coz, Jefa del Área de Derecho Constitucional del Estudio Iriarte & Asociados, contra la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, por haberla bloqueado en la red social “Twitter”, ahora “X”.

El proceso fue iniciado en el año 2019, cuando Coz se percató del bloqueo, y ha sido recientemente resuelto con la sentencia recaída en el Expediente N° 07087-2019-0-1801-JR-DC-05, que tiene la calidad de inapelable.

En ella, la Sala Constitucional reconoce que Twitter es una plataforma virtual pública de comunicación, con capacidad de despliegue masivo, empelada por diversas entidades gubernamentales para informar a la población sobre el desarrollo de sus funciones y las distintas las actividades oficiales.

En tal contexto, señaló, “a menos que se aduzcan expresamente razones constitucionalmente justificadas, una institución estatal o un funcionario público se encuentran constitucionalmente impedidos de bloquear a una persona en una cuenta de Twitter que, con prescindencia de las condiciones existentes cuando se activó, inequívocamente es utilizada, parcial o totalmente, para transmitir información vinculada con las funciones públicas que les han sido constitucional o normativamente asignadas, o para comunicar ideas u opiniones; pues, hacerlo constituye una palmaria violación de los derechos fundamentales a las libertades de información y de expresión, reconocidos en el artículo 2, inciso 4, de la Constitución.”

Se trata del primer precedente favorable sobre bloqueo en redes sociales de ciudadanos. En un caso anterior, el caso Iriarte vs Cateriano (Exp. N° 00442-2017-AA), el Tribunal Constitucional perdió la oportunidad de optar por una postura garantista con la libertad de expresión e información en el internet, en la línea de otros tribunales de la región, como la Corte Suprema de México, Costa Rica y Estados Unidos.

Puede descargar el texto completo de la sentencia aquí: https://es.scribd.com/document/730932341/Sentencia-Caso-Caso-Dania-Coz-vs-ONPE

Dania Coz
Jefa del Área de Derecho Constitucional
IALaw

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