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ALERTA: Nuevo Reglamento de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 27 - 02 - 2024

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) ha elaborado una propuesta de nuevo reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley N° 27806), que se encuentra siendo debatida en la Comisión de Coordinación Viceministerial. Este documento reemplazará al actual reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM.

Hemos tenido acceso al texto de la propuesta normativa, que contiene cambios significativos de su versión prepublicada en junio de 2023. A continuación, resumimos las principales modificaciones.

  • Definición de obligaciones: Se establecen obligaciones específicas para los titulares de las entidades públicas, el funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información y los funcionarios responsables del área poseedora de la información.
  • Formulario único: Se modifica el formulario estándar de solicitud de acceso a la información pública, especificando qué datos son obligatorios y cuáles son requisitos opcionales.
  • Plazos para el Tribunal de Transparencia: Se establecen plazos para la resolución de los recursos de apelación. El Tribunal tendrá 7 días hábiles para declarar la admisibilidad del recurso de apelación (lo que ahora puede tomar aproximadamente dos meses) y 10 días hábiles para resolverlo.
  • Conservación de correos electrónicos: Se establecen reglas para la conservación de la información contenida en correos electrónicos, incluso después de que el funcionario o servidor haya cesado su vínculo laboral con la entidad. Responsabilidad que recaerá en las oficinas de tecnología de la información.
  • Graduación de sanciones: Se establecen criterios de graduación de sanciones por incumplimiento de las normas en materia de transparencia y acceso a la información, entre los que se encuentran
  • Supuestos excluidos del ámbito de aplicación: Se aclara que, vía acceso a la información pública, no puede ejercerse el derecho de petición, de petición consultiva, la solicitud de copias fedateadas o certificadas, ni de la información especial que las entidades proveen de manera inherente a sus funciones.

Estas modificaciones buscan fortalecer el derecho de acceso a la información pública y mejorar la transparencia de las entidades públicas, buscando permitir a las personas acceder a la información pública de manera más fácil y rápida.

Dania Coz
Area de Derecho Constitucional
IALaw

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