La Autoridad Nacional de Protección de datos personales fue creada con la publicación de la Ley de Protección de datos personales en julio de 2011, y empezó a ejercer la mayoría de sus funciones en mayo 2013, cuando entró en vigencia el reglamento de la ley que la creó. Hoy, a casi un año de ese suceso, mostramos un recuento de sus actividades durante el año pasado según información pública que se obtuvo de ella:

La Autoridad Nacional de Protección de datos personales fue creada con la publicación de la Ley de Protección de datos personales en julio de 2011, y empezó a ejercer la mayoría de sus funciones en mayo 2013, cuando entró en vigencia el reglamento de la ley que la creó. Hoy, a casi un año de ese suceso, mostramos un recuento de sus actividades durante el año pasado según información pública que se obtuvo de ella:

1.   Directiva de Seguridad y Reglamento de la Ley

La publicación tanto del Reglamento de la Ley como de la Directiva de la Seguridad de la Información, causaron mucha expectativa, pues el tiempo de espera fue mayor a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales

El seguimiento realizado durante el año pasado a estos documentos puede encontrarlos aquí:

Autoridad de Protección de Datos y el incumplimiento de la Ley peruana

Alerta PDP – Infracción constitucional del Primer Ministro por falta de reglamentación de la Ley de Protección de Datos Personales

Alerta PDP – Publican Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales

Recordatorio: Mañana termina plazo para entrada en vigencia de la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento

2.   Absolución de consultas

En setiembre de 2013 se pidió a la Autoridad  el balance de las consultas que haya recibido y absuelto  en cumplimiento de su función establecida en el artículo 33 de la Ley 29733. La respuesta fue enviar copia de 13 consultas atendidas a través de correo electrónico, las cuales puede ver aquí. A partir de ese mes, la Autoridad publicó todas las consultas atendidas hasta ese momento  en “Consultas absueltas”, tanto requerida por medios electrónicos como por oficios físicos. Esta sección no ha sido actualizada desde octubre de 2013 hasta la fecha de emisión de esta nota.

 

3.   Registro Nacional de Protección de Datos personales

Con la entrada en vigencia del Reglamento de la Ley, comenzó la publicación de las primeras resoluciones directorales de la Autoridad. Estas resoluciones aprobaban los formularios para los actos de inscripción ante el Registro Nacional de Protección de Datos Personales, tales como la inscripción de banco de datos personales, modificación, cancelación de estos, transferencia internacional,  entre otros. Publicaciones que tratamos en la  “Nota de prensa PDP – Aprueban y publican formatos para inscribir bancos de datos personales” y “ALERTA PDP: Ministerio de Justicia publica Directiva de Seguridad”.

Así también, a fines de año del 2013, se comenzó a preparar las modificatorias al TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para establecer los costos y procedimientos realizados en el Registro Nacional que se expuso a través de la nota  “Sustentación de costos de trámites ante la ANPDP”.

4.   Presupuesto.

Se solicitó a la Autoridad su Reporte de Ejecución presupuestal y saldos por Centros de Costo 2013. La Autoridad gastó en el 2013 S/. 934,859.04, ejecutando así 98.5% de su presupuesto asignado. El detalle del Reporte mencionado lo puede consultar en: “Autoridad de protección de datos personales gastó casi millón de soles durante 2013”.

5.   Publicaciones y difusión.

La Autoridad ha realizado eventos y conferencias sobre los alcances de las normativas sobre protección de datos personales. Si bien el alcance a la ciudadanía general no es el ideal, es un primer paso de acercamiento a un sector de la sociedad.

Así también, a comienzos de este año 2014 se ha publicado en línea documentos informativos sobre la Ley y su reglamento, sin embargo estos no han tenido mayor  difusión por parte de la Autoridad, y su ubicación en el portal web del Ministerio es casi oculta.

Ha sido un primer año con acontecimientos importantes a nivel de emisión de normas de la Autoridad, sin embargo estas no han sido visibles, pues la difusión de las mismas no ha sido adecuada. La Autoridad debe mejorar su comunicación con la ciudadanía, aprovechando las redes sociales u otras plataformas de información por internet. Es importante que la población esté informada para conseguir un mejor entendimiento y conocimiento de estos derechos, y la comprensión de las medidas de adecuación que se deben realizar en materia de protección de datos personales.

Adjuntamos el informe, publicado también en Privacy Perú