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Se publica ley que facilita el acceso a información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los herederos.
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 12 - 06 - 2014

El miércoles 11 de junio de 2014 se publicó la Ley N° 30205, la Ley que regula los aspectos relacionados al acceso de los ciudadanos a la información financiera, previsional y de seguros de personas fallecidas. Con este texto aprobado, los herederos van a poder tener conocimiento de los derechos y deberes hereditarios que les correspondan.
 

El miércoles 11 de junio de 2014 se publicó la Ley N° 30205, la Ley que regula los aspectos relacionados al acceso de los ciudadanos a la información financiera, previsional y de seguros de personas fallecidas. Con este texto aprobado, los herederos van a poder tener conocimiento de los derechos y deberes hereditarios que les correspondan.
 
De acuerdo a esta Ley en las partidas o actas de defunción que emita el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec), se deberá indicar la información resumida y referencial de los procedimientos y el marco legal de lo siguiente:  
 
Los trámites en el Registro Nacional de Información de Contratos de Seguros de Vida y de Accidentes Personales con Cobertura de Fallecimiento o de Muerte Accidental. 
El reporte de información de afiliado y/o información sobre pensionistas en el Sistema Privado de Pensiones, a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 
El procedimiento de atención de solicitudes de información sobre los depósitos u otros productos pasivos del causante a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 
El procedimiento de atención de solicitudes de información del reporte crediticio de usuarios a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 
Información sobre el tiempo máximo que puede permanecer inmovilizado un depósito u otros productos pasivos en una empresa del sistema financiero hasta ser transferidos al Fondo de Seguros de Depósitos. 
 
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Reniec coordinarán respecto a la información que se consignará en la copia certificada del acta de defunción. En un plazo máximo de sesenta (60) días contados a partir del dia siguiente de la publicación, se deben emitir las normas que resulten necesarias para su aplicación.
 
 
Viviana I. Bontá Magallanes 
Área de Derecho Corporativo
Iriarte &  Asociados
 
IALaw
Área de Derecho Constitucional
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