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Alerta IA TELECOM: OSIPTEL prohíbe activaciones de chips prepago
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 25 - 11 - 2015

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) es la entidad pública descentralizada, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de regular y supervisar el mercado de servicios públicos de telecomunicaciones.

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) es la entidad pública descentralizada, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de regular y supervisar el mercado de servicios públicos de telecomunicaciones.

El OSIPTEL tiene como misión regular y supervisar el mercado de las telecomunicaciones a fin de lograr una mayor competencia, calidad de los servicios de telecomunicaciones y asegurar el respeto de los derechos de los usuarios de dichos servicios. Entre los objetivos de esta institución se encuentra mejorar la satisfacción del usuario con los servicios de telecomunicaciones.

En ese contexto, el OSIPTEL ha iniciado procesos administrativos sancionadores a las empresas operadoras de telefonía móvil que comercializan sus servicios en nuestro país, siendo estas Telefónica, Claro, Entel y Bitel, debido al incumplimiento de la normativa vigente respecto al sistema de activación de líneas prepago (art. 11 del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones). La presente decisión del OSIPTEL deviene de constantes denuncias de usuarios de los servicios de telecomunicaciones que manifiestan haber sido víctimas de suplantación de identidad para la adquisición de chips prepago, cuyas líneas se han utilizado para hacer llamadas extorsionadoras.

A las empresas Claro y Bitel se les imputa el hecho de activar líneas móviles prepago sin que se haya verificado previamente la identidad del solicitante, mientras que en el caso de Telefónica y Entel el inicio del procedimiento administrativo sancionador responde al hecho que dichas empresas permitieron que distribuidores informales tuvieran acceso a la activación de líneas prepago.

Para prever se sigan cometiendo estas infracciones que se encuentran altamente relacionadas a un riesgo y afectación a los usuarios, el OSIPTEL impuso que a partir del viernes 13 de noviembre del presente año, Claro, Entel y Bitel, deberán cesar con la activación de chips de líneas móviles prepago a través del canal SMS. Asimismo, el OSIPTEL ordenó que las tres empresas en mención deben adoptar medidas de seguridad en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, asimismo, se ordenó el establecimiento de controles centralizados para que las activaciones de las líneas móviles prepago se realicen sólo a través de una validación con la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Al respecto, es importante precisar que desde junio del presente año está vigente la obligación de utilizar sistemas de verificación biométrica de huellas dactilares para la activación de las líneas prepago en todos los centro de atención de las operadoras a nivel nacional.

Los procedimientos administrativos sancionadores seguirán su curso hasta que el OSIPTEL emita una decisión final, teniendo las operadoras como segunda y última instancia administrativa a la decisión del Consejo Directivo; y de ser así las empresas operadoras de telefonía móvil podrían ser multadas hasta con trescientos cincuenta (350) UIT.

María Pía Huamán Vivanco
Área de Derecho Corporativo
División de Derecho Administrativo
IRIARTE & ASOCIADOS

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