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Alerta IA PI: Indecopi lanzará dos nuevas denominaciones de origen: quinua y orégano
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 30 - 10 - 2015

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) tiene previsto el lanzamiento, en el 2016, de dos nuevas denominaciones de origen de la quinua y el orégano, anunció Hebert Tassano, Presidente de Indecopi.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) tiene previsto el lanzamiento, en el 2016, de dos nuevas denominaciones de origen de la quinua y el orégano, anunció Hebert Tassano, Presidente de Indecopi. Además, señaló que a la fecha, en nuestro país, se cuenta con nueve denominaciones de origen, como es en el caso del pisco, maíz blanco gigante del cusco, cerámica de Chulucanas de Piura, pallar de Ica, café Villa Rica de Pasco, zapallo Loche de Lambayeque, café Machu Picchu del Cusco, maca de Junín y Pasco, y por último la aceituna de Tacna, cuya denominación fue otorgada este año.

Asimismo, en el diálogo que mantuvo con la agencia Andina, el titular de Indecopi descartó que la tramitación para obtener la denominación de origen sea engorrosa, indicando expresamente lo siguiente: "Hay que tener claro cuáles son los procedimientos y luego contar con la asesoría de Indecopi. Un tema importante es que obtener la denominación de origen no es el fin del camino, sino una etapa intermedia, porque luego viene el reglamento de uso y el consejo regulador". También recordó que recientemente el Indecopi realizó una reunión sobre consejos reguladores en la que llegaron consejos reguladores de México, España, Italia, Colombia y  Honduras, en la cual se registró una participación muy activa de los vinculados a las denominaciones de origen que ya se han otorgado en el país, a fin de que conozcan cuál es la realidad y la importancia de tener un buen consejo regulador. Y que esto último es algo que todavía nos hace falta, puesto que muchas denominaciones de origen se han dado pero se han quedado allí; entonces que lo importante es trabajar en los reglamentos de uso, de la calidad del producto en el consejo regulador y luego en toda la etapa de comercialización, comentó.

De la misma manera, el funcionario resaltó que dicho evento fue muy interesante porque permitió conocer otras realidades de América y Europa. Advirtiendo que muchos países toman su denominación de origen como su producto bandera, lo que permite diferenciarlos ante el mundo.

También Tassano lamentó el caso de Lambayeque, que obtuvo la denominación de origen para el zapallo loche, y que no se haya avanzado en el reglamento de uso y el consejo regulador, puesto que considera, que es un producto que se debe de explotar, el loche lambayecano tiene un sello distinto a las demás hortalizas por sabor, textura, exquisitez, presentación y aroma, características que no se encuentran en un producto sembrado en otros territorios. (Fuente: Andina – Agencia Peruana de Noticias).

Finalmente, según la Decisión 486: Régimen sobre Propiedad Industrial, se entenderá por denominación de origen, una indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, o constituida por una denominación que sin ser la de un país, una región o un lugar determinado se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluidos los factores naturales y humanos.

Asimismo, la declaración de protección de una denominación de origen se hará de oficio o a petición de quienes demuestren tener legítimo interés, entendiéndose por tales, las personas naturales o jurídicas que directamente se dediquen a la extracción, producción o elaboración del producto o los productos que se pretendan amparar con la denominación de origen, así como las asociaciones de productores. Las autoridades estatales, departamentales, provinciales o municipales también se considerarán interesadas, cuando se trate de denominaciones de origen de sus respectivas circunscripciones. En nuestro país, la autoridad competente es el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, es así que la Dirección de Signos distintivos tiene entre sus principales funciones, el registro de las denominaciones de origen, la declaración de denominación de origen, el reconocimiento de denominaciones de origen extranjeras, autorizaciones de uso, Inspección o acción de fiscalización, denuncia de oficio por infracciones y cancelación de autorización de uso.

Medalith Luya
División de Propiedad Industrial
Area de Propiedad Intelectual
http://iriartelaw.com

 

 

 

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