Ver todas las notas del Blog
Alerta IA Consumidor: Ante problemas con el Cyber Monday, qué puede hacer un consumidor?
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 01 - 12 - 2015

El día de ayer 30 de noviembre a las 00:00 horas empezó el ya conocido “Cyber Monday”, el cual consiste en una campana comercial on-line en nuestro país que viene siendo organizando desde el año 2012 por la Cámara de Comercio de Lima.

El día de ayer 30 de noviembre a las 00:00 horas empezó el ya conocido “Cyber Monday”, el cual consiste en una campana comercial on-line en nuestro país que viene siendo organizando desde el año 2012 por la Cámara de Comercio de Lima.

Esta campaña consiste en que las empresas participantes de la campaña ofrecen a los consumidores ofertas y promociones para compras por internet. Este año son más de cuarenta las empresas participantes, según indica la Cámara de Comercio de Lima.

Al prospecto de consumidor se le ofrece pagar el producto o servicio que desea adquirir vía esta campaña on line con los siguientes medios de pago: pago con Tarjeta de Crédito o Débito, con Tarjeta Prepago, pago en Agencias Bancarias, pago Contra Entrega, pago con Depósito Bancario, pago en Tienda y pago Contra Entrega con puntos. Es importante precisar que no todas las empresas ofrecen todos estos medios de pago por lo que le recomendamos al consumidor revisar claramente los términos y condiciones de pago antes de solicitar la compra.

Asimismo, es importante mencionar que hay ciertas acciones que debe realizar el consumidor a efectos de tratar de llevar a cabo una compra segura, debiendo ser estas, por lo menos, las siguientes: 1. Verificar qué empresas se encuentran participando y acceder a su portal web oficial (ante este tipo de campañas se crean páginas fraudulentas con el objetivo de sacar un indebido provecho del interesado). 2. Comparar precios y leer las condiciones especiales (costos adicionales por servicios delivery, tiempo de entrega, entre otros). 3. No disponer indiscriminadamente de la entrega de datos personales a las páginas web (se debe verificar si la empresa que los solicita indica que cumple con las disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales – Ley N° 29733.) 4. No navegar desde una red WiFi pública, es decir la ofrecida en restaurantes, hoteles y otros establecimientos públicos, para evitar que alguien pueda acceder a sus datos. 5. Mantener los dispositivos tecnológicos, a través de los cuales se pretende hacer la compra, libres de virus o contar con instalaciones de software de antivirus vigentes.

Sin embargo, a pesar de las medidas de seguridad mencionadas, se pueden presentar contingencias que afecten al consumidor. En ese contexto, recomendamos efectuar un reclamo formal a través del Libro de Reclamaciones de la empresa por la cual se ha visto perjudicado. Ésta empresa tiene como plazo máximo treinta días calendario para atender su reclamo.

Otra de las opciones es acudir al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), organismo encargado de la protección de los derechos de los consumidores, y presentar su reclamo ante el Servicio de Atención al Ciudadano. Dicho procedimiento puede realizarse: vía telefónica, vía internet y presencial. Asimismo, el Indecopi ofrece otra opción para  productos o servicios no supere la cantidad de 3 UIT (S/. 11,550.00 Nuevos Soles a la fecha). Dicha opción consiste en presentar una denuncia formal por presuntas infracciones a la normativa referida a la defensa y protección del consumidor ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos o  la Comisión de Protección al Consumidor, debiendo el denunciante pagar una tasa por dicho procedimiento (para mayor información recomendamos revisar el TUPA del INDECOPI).

Para concluir resaltamos el deber de cumplimiento de la normativa referida a protección y defensa del consumidor. En especial, al cumplimiento del Principio de Transparencia establecido en el Artículo V inciso 3, el cual señala  los proveedores generan una plena accesibilidad a la información a los consumidores acerca de los productos o servicios que ofrecen, dicha información brindada debe ser veraz y apropiada.

María Pía Huamán Vivanco
Área de Derecho Corporativo
División de Derecho Administrativo
IRIARTE & ASOCIADOS
http://iriartelaw.com
 

MAYOR INFORMACIÓN.

Si tiene alguna consulta o duda respecto a la normativa peruana en materia de derecho del consumidor, no dude en contactarse con nosotros.

IALaw
Área de Derecho Constitucional
Notas Relacionadas
ALERTA: Nuevo Reglamento de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública
Alerta PDP: Exigir que postulantes a un trabajo declaren sus enfermedades atenta contra la intimidad
Tribunal de Transparencia ordena al Ministerio de Cultura la entrega de cuadernos de investigación arqueológica
Contáctanos