Ver todas las notas del Blog
Alerta IA CORP: Se han eliminado novecientas setenta y ocho (978) Barreras Burocráticas entre el 2013 y 2015
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 18 - 01 - 2016

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha publicado en su portal web, que entre junio del año 2013 y el 4 de diciembre de 2015, treinta y siete (37) entidades del Estado eliminaron novecientas setenta y ocho (978) Barreras Burocráticas a raíz de las fiscalizaciones iniciadas de emprendidas por la  Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB).

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha publicado en su portal web, que entre junio del año 2013 y el 4 de diciembre de 2015, treinta y siete (37) entidades del Estado eliminaron novecientas setenta y ocho (978) Barreras Burocráticas a raíz de las fiscalizaciones iniciadas de emprendidas por la  Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB).

Al ser investigaciones de oficio, éstas no se iniciaron a raíz de ninguna denuncia presentada contra las entidades involucradas. El logro de la CEB se llevó a cabo a través de inspecciones y notificaciones preventivas del incumplimiento de la normativa (Ley N° 30056 que determina las sanciones que recibirían los funcionarios si no cumplen la norma) respecto a sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPAs) y las posibles sanciones pecuniarias a través de las que serían susceptibles en caso no regularicen sus faltas, siendo que las multas a imponer podrían llegar a ser hasta de veinte 20 UIT.

La Ley N° 30056 no solo contempla sanciones para los funcionarios públicos que imponen barreras burocráticas que previamente hayan sido declaradas como ilegales, sino establece también que son sancionador todo servidor público o persona que ejerza funciones administrativas que hayan sido delegadas bajo cualquier régimen laboral y contractual. 

En ese sentido, dentro de las entidades que más barreras burocráticas se han eliminado a la fecha son: la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres con ciento veintiséis (126) barreras eliminadas, Distrital de Villa el Salvador con sesenta y ocho (68) barreras eliminadas, Municipalidad Distrital de Puente Piedra con sesenta y dos (62) barreras eliminadas, la Municipalidad Distrital de San Miguel con cincuenta y cinco (55) barreras eliminadas, la Municipalidad Distrital de Ate con cincuenta y un (51) barreras eliminadas, entre otras.

Entre las barreras burocráticas que han sido eliminadas se encontraban las siguientes: restricciones y cobros para realizar la ejecución de obras de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de electricidad, agua y alcantarillado, conexiones domiciliarias de gas y telecomunicaciones; requisitos y cobros para la obtención de licencias de edificación en todas sus modalidades; así como a los requisitos para obtener la licencia de funcionamiento que exceden lo que ya se encuentra establecido en la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento (Ley N° 28976); imposición de restricciones y cobros para la instalación de anuncios publicitarios, pese a que estas deben ser permanentes; requisitos y cobros para la obtención de grados académicos y títulos profesionales; así como, las que buscaban imponer plazos excesivos y silencios administrativos negativos para autorizaciones de funcionamiento y de anuncios publicitarios.

Es así que la CEB logró la eliminación voluntaria de las barreras burocráticas antes mencionadas, que en su mayoría, pertenecen a los procedimientos administrativos de las municipalidades, sin que sea necesario el inicio de un procedimiento mayor y consecuente de éste la imposición de sanciones.

Cabe precisar que existen dos clases de barreras burocráticas: las ilegales y las que carecen de razonabilidad, siendo las ilegales aquellos requisitos, prohibiciones o cobros que exceden el ámbito de competencia de la entidad que las impone, contravienen el marco legal promotor de la libre iniciativa privada y de la simplificación administrativa, o el hecho de no respetar los procedimientos ya establecidos; las barreras que carece de razonabilidad son aquellas que no cuentan con un sustento o justificación para encontrarse inserta en un procedimiento.

Finalmente, según un estudio realizado por el Indecopi, durante el año 2014, el hecho que se hayan eliminado distintas barreras burocráticas produjo un impacto realmente positivo en la economía de nuestro país, lo cual representó un ahorro superior a los S/. 418’000,000.00 (Cuatrocientos dieciocho millones con 00/100 de soles).

Para mayor información al respecto puede ingresar al siguiente enlace:

https://www.indecopi.gob.pe/web/eliminacion-de-barreras-burocraticas/eliminacion-de-barreras-por-acciones-de-la-ceb

María Pía Huamán Vivanco
Área de Derecho Corporativo
División de Derecho Administrativo
IRIARTE & ASOCIADOS

MAYOR INFORMACIÓN.

Si tiene alguna consulta o duda respecto a la normativa peruana en materia de derecho corporativo, no dude en contactarse con nosotros.

IALaw
Área de Derecho Constitucional
Notas Relacionadas
ALERTA: Nuevo Reglamento de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública
Alerta PDP: Exigir que postulantes a un trabajo declaren sus enfermedades atenta contra la intimidad
Tribunal de Transparencia ordena al Ministerio de Cultura la entrega de cuadernos de investigación arqueológica
Contáctanos