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Última actualización: 12 - 02 - 2014
Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N°122-94-EF y Normas Modificatorias
Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N°122-94-EF y Normas Modificatorias
Que el inciso s) del artículo 21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF y normas modificatorias, regula los requisitos para la deducción del gasto por concepto de donaciones otorgadas en favor de entidades y dependencias del Sector Público Nacional, excepto empresas, así como las realizadas a favor de entidades sin fines de lucro, cuyo objeto social comprenda uno o varios de los fines señalados en la Ley.
Por el Decreto Supremo Nº 24-2014-EF, publicado el 8 de febrero de 2014, se modificó el inciso s) del artículo 21º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en lo referido a la deducción de los gastos por donaciones para la determinación de la renta neta empresarial.
La modificación establece que, los donantes deberán considerar lo siguiente:
1. Solo se podrán deducir las donaciones si las entidades beneficiarias se encuentran calificadas previamente por la SUNAT, como entidades perceptoras de donaciones
2. La realización de la donación se acreditará:
3. La donación se considerará como gasto deducible, en los siguientes hechos:
4. Los donatarios tendrán en cuenta lo siguiente:
Deberán estar calificados como entidades perceptoras de donaciones:
5. Los donatarios emitirán y entregarán a los donantes: